jueves, abril 15, 2010

*III. LA INDISOLUBILIDAD DEL MATRIMONIO RELIGIOSO *



El derecho romano permitía fácilmente la disolución del matrimonio plebeyo por coemptio o por usus, pero la disolución del matrimonio religioso era muy difícil.

Editó: Lic. Gabriel Pautasso

3. Tria sunt colenda maxime juvenibus: dii, parentes, leges , (STOB., Serm. I)

EL MATRIMONIO ROMANO comprendía tres actos: TRADITIO, DEDUCTIO IN DOMUN, CONFARREATIO.
1)      La novia deja el hogar paterno. Como no está vinculada a él por derecho propio, sino por medio del padre de familia, tan sólo la autoridad de éste puede desvincularla. Luego la traditio es una fórmula indispensable.
2)      La novia es llevada a la casa del novio. Delante de ella se detiene el cortejo; se ofrecen a la joven el fuego y el agua: el fuego, emblema de la divinidad doméstica; el agua, que sirve como purificadora para todos los actos religiosos. Luego se simula el rapto y la novia es introducida en la casa sin que sus pies toquen el umbral.
3)      La novia es llevada ante el altar doméstico. Los esposos hacen un sacrificio, derraman la libación, pronuncian palabras rituales y comen una torta de harina (Panis farreus).
4)      Este es aquel matrimonio solemne y religioso que ha dado lugar a la definición del jurisconsulto MODESTINO: NULTIAE SUNT CONIUNCTIO MARIS ET FEMIMAE, CONSORTIUM OMNIS VITAE, DIVINI ET HUMANI IURIS COMMUNICATIO.  

Ese matrimonio religioso y solemne es, pues, indisoluble. El derecho romano permitía fácilmente la disolución del matrimonio plebeyo por coemptio o por usus, pero la disolución del matrimonio religioso era muy difícil, y sólo podía obtenerse mediante una nueva ceremonia sagrada, la diffarreatio,  que consistía en pronunciar, ante el altar doméstico, fórmulas de un carácter severo, odioso, una especie, espantoso, una especie de maldición por la que la mujer renunciaba al culto del marido; luego se presentaba a los esposos el  Panis farreus que éstos, en vez de comer, rechazaban.

4. Pietas et sanctitas efficiet deos placatos. (CICERO, de Offic. II, 11).


*EDITÓ: gabrielspautasso@yahoo.com.ar 

DIARIO PAMPERO Cordubensis e INSTITUTO EMERITA URBANUS. Córdoba de la Nueva Andalucía, 1 de abril del Año del Señor de 2010. Semana Santo  de 2010. ¡VIVA LA PATRIA! ¡LAUS DEO TRINITARO! ¡VIVA HISPANOAMÉRICA! Gratias agamus Domino Deo nostro! gspp. *

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